Día Exacto de Jubilación en España 2026: Cómo Calcular tu Fecha de Retiro
Resumen Rápido
- •Tu fecha exacta de jubilación ordinaria se obtiene sumando la edad legal de retiro a tu fecha de nacimiento: el resultado es un día concreto, no solo un mes.
- •En 2026 la edad ordinaria es 66 años y 10 meses (menos de 38 años y 3 meses cotizados) o 65 años (38 años y 3 meses o más cotizados); en 2027 sube a 67 años o 65 años con 38 años y 6 meses cotizados.
- •Conocer el día exacto es imprescindible para planificar el último día de trabajo, solicitar la pensión con la antelación correcta y no perder días de devengo.
- •La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar hasta 2 años y la involuntaria hasta 4 años, pero ambas se calculan también al día exacto, no al mes.
¿Por qué importa conocer el día exacto de jubilación?
La mayoría de los trabajadores saben aproximadamente cuándo se jubilarán —«a los 67 años» o «cuando cumpla los 65»—, pero pocos conocen la fecha exacta al día. Esta imprecisión puede costar dinero real: si presentas la solicitud de pensión demasiado tarde, la Seguridad Social no abona retroactivamente más de tres meses de devengo. Si planificas el fin de tu vida laboral sin tener la fecha exacta, puedes trabajar días o semanas innecesariamente, o por el contrario cesar antes de tiempo y perder días de cotización que mejorarían tu base reguladora.
Conocer el día exacto de jubilación también es determinante para otros trámites: la solicitud de baja en la empresa, la gestión del finiquito, el preaviso al empleador y la coordinación con los plazos de tramitación de la propia Seguridad Social. En este artículo explicamos cómo se calcula esa fecha, qué tablas puedes usar según tu año de nacimiento y qué diferencias introduces si optas por la jubilación anticipada o por la jubilación demorada.
La fórmula legal: fecha de nacimiento + edad ordinaria = día exacto
El artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social establece que el acceso a la pensión de jubilación ordinaria requiere haber cumplido la edad legal de retiro. Esa edad se suma de forma aritmética a la fecha de nacimiento para obtener la fecha de jubilación:
Fecha de jubilación = Fecha de nacimiento + Edad ordinaria legal
El resultado es un día concreto del calendario. No un mes, no un trimestre: un día. La norma española no redondea al primer día del mes ni al último. Si naciste el 17 de marzo de 1960 y la edad ordinaria es 66 años y 10 meses, tu fecha de jubilación ordinaria será el 17 de enero de 2027.
Este cálculo parece sencillo, pero hay dos elementos que lo complican:
- La edad ordinaria no es fija. Cambia según el año en curso (proceso de transición 2013-2027) y según los años cotizados del trabajador. No es lo mismo haberse jubilado en 2020 que en 2026 o en 2027.
- La cotización acumulada altera la edad. Si acreditas suficientes años cotizados, la edad ordinaria puede ser 65 años en lugar de 66 años y 10 meses (en 2026) o 67 años (en 2027). Esto puede suponer hasta dos años de diferencia en la fecha exacta.
Reglas vigentes: 2026 vs 2027
España empezó en 2013 un proceso de escalada gradual de la edad de jubilación. En 2027 ese proceso concluye y la edad ordinaria queda fijada definitivamente. Las dos tablas siguientes recogen las reglas actuales y las del año de consolidación:
Tabla 1: Edad ordinaria de jubilación en 2026
| Años cotizados | Edad ordinaria 2026 |
|---|---|
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses |
| 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Tabla 2: Edad ordinaria de jubilación en 2027 (régimen permanente)
| Años cotizados | Edad ordinaria 2027+ |
|---|---|
| Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
| 38 años y 6 meses o más | 65 años |
Nota importante: el umbral de cotización para acceder a la edad reducida de 65 años también sube ligeramente en 2027 (de 38 años y 3 meses a 38 años y 6 meses). Si estás cerca de ese umbral, unos pocos meses más de cotización pueden suponer adelantar tu jubilación casi dos años.
Tabla mes a mes: fechas de jubilación por año de nacimiento (1958-1965)
La siguiente tabla muestra la fecha de jubilación ordinaria aproximadapara las cohortes de nacimiento que se jubilarán entre 2024 y 2032, asumiendo que el trabajador no alcanza el umbral de larga cotización (menos de 38 años y 3 meses cotizados). Si sí lo acreditas, debes restar la diferencia entre la edad ordinaria y 65 años a cada fecha.
| Año de nacimiento | Mes de nacimiento | Edad ordinaria aplicable | Normativa | Fecha aproximada de jubilación |
|---|---|---|---|---|
| 1958 | Enero | 66 años y 4 meses | 2024 | Mayo 2024 |
| Junio | 66 años y 4 meses | 2024 | Octubre 2024 | |
| Diciembre | 66 años y 4 meses | 2024 | Abril 2025 | |
| 1959 | Enero | 66 años y 8 meses | 2025 | Septiembre 2025 |
| Junio | 66 años y 8 meses | 2025 | Febrero 2026 | |
| Diciembre | 66 años y 8 meses | 2026 | Agosto 2026 | |
| 1960 | Enero | 66 años y 10 meses | 2026 | Noviembre 2026 |
| Junio | 66 años y 10 meses | 2027 | Abril 2027 | |
| Diciembre | 66 años y 10 meses | 2027 | Octubre 2027 | |
| 1961 | Enero | 67 años | 2028 | Enero 2028 |
| Junio | 67 años | 2028 | Junio 2028 | |
| Diciembre | 67 años | 2028 | Diciembre 2028 | |
| 1962 | Enero | 67 años | 2029 | Enero 2029 |
| Junio | 67 años | 2029 | Junio 2029 | |
| Diciembre | 67 años | 2029 | Diciembre 2029 | |
| 1963 | Enero | 67 años | 2030 | Enero 2030 |
| Junio | 67 años | 2030 | Junio 2030 | |
| Diciembre | 67 años | 2030 | Diciembre 2030 | |
| 1964 | Enero | 67 años | 2031 | Enero 2031 |
| Junio | 67 años | 2031 | Junio 2031 | |
| Diciembre | 67 años | 2031 | Diciembre 2031 | |
| 1965 | Enero | 67 años | 2032 | Enero 2032 |
| Junio | 67 años | 2032 | Junio 2032 | |
| Diciembre | 67 años | 2032 | Diciembre 2032 |
Nota metodológica: la normativa de 2026 (66 años y 10 meses) aplica a quienes cumplan la edad legal durante 2026. A partir de 2027, la edad queda fijada en 67 años para todos los que no alcancen el umbral de cotización larga. Para los nacidos en 1960 que se jubilen en 2027, la normativa ya es la permanente de 67 años, salvo que acrediten cotización suficiente para acceder a los 65 años. Consulta siempre tu vida laboral para determinar qué normativa te aplica exactamente.
El impacto de los años cotizados en la fecha exacta
Los años cotizados tienen un doble efecto sobre tu fecha de jubilación: determinan la edad ordinaria aplicable y condicionan el acceso a la jubilación anticipada.
Efecto 1: acceso a la edad ordinaria reducida (65 años)
Acreditar 38 años y 3 meses o más de cotización en 2026 (o 38 años y 6 meses en 2027) permite jubilarse a los 65 años en lugar de a la edad ordinaria general. Esto supone adelantar la jubilación entre 1 año y 10 meses (en 2026) y 2 años exactos (en 2027 y siguientes).
El cómputo de la cotización incluye períodos de trabajo efectivo, períodos asimilados (prestación por desempleo contributivo, servicio militar, excedencia por cuidado de hijos, etc.) y, con ciertos límites, períodos de cotización a tiempo parcial. Es fundamental revisar el informe de vida laboral para obtener el total exacto antes de planificar la fecha de retiro.
Efecto 2: porcentaje de pensión en función de los años cotizados
Aunque este aspecto no modifica la fecha de jubilación directamente, sí puede influir en la decisión de cuándo jubilarse. El porcentaje aplicable sobre la base reguladora depende de los años cotizados: desde el 50 % con 15 años hasta el 100 % con 36 años y 6 meses (a partir de 2027). Cada mes adicional de cotización aporta incrementos del porcentaje, por lo que retrasar la jubilación unos meses puede mejorar la pensión de forma permanente.
| Años cotizados | Porcentaje de la base reguladora |
|---|---|
| 15 años | 50 % |
| 20 años | 62,29 % |
| 25 años | 74,57 % |
| 30 años | 86,86 % |
| 35 años | 99,14 % |
| 36 años y 6 meses (2027+) | 100 % |
Cálculo del día exacto en la jubilación anticipada
Si optas por la jubilación anticipada, el principio es el mismo: la fecha exacta se obtiene restando el adelanto (en años y meses) a la fecha de jubilación ordinaria. Los coeficientes reductores se aplican por cada trimestre completo de adelanto, lo que significa que adelantarse 11 meses o adelantarse 12 meses (1 año = 4 trimestres) puede suponer una diferencia significativa en la reducción.
Jubilación anticipada voluntaria: máximo 2 años de adelanto
En 2026, un trabajador nacido el 15 de marzo de 1960 con menos de 38 años y 3 meses cotizados tiene una fecha de jubilación ordinaria del 15 de enero de 2027 (66 años y 10 meses). Si opta por la modalidad voluntaria con el máximo de adelanto de 2 años, su fecha de jubilación anticipada será el 15 de enero de 2025. Ese es el día desde el que puede dejar de trabajar y comenzar a cobrar la pensión (reducida).
Jubilación anticipada involuntaria: máximo 4 años de adelanto
El mismo trabajador del ejemplo anterior, si fue despedido en un ERE y acredita los requisitos de la modalidad involuntaria, puede anticipar hasta 4 años: su fecha mínima de acceso sería el 15 de enero de 2023. Sin embargo, para calcular los trimestres de adelanto y los coeficientes reductores correspondientes, se cuenta desde la fecha real de jubilación hasta la fecha ordinaria de referencia (15 de enero de 2027), con precisión trimestral.
La regla de los trimestres completos es clave: si te adelantas 5 meses, la Seguridad Social computa solo 1 trimestre completo (los 3 primeros meses del adelanto); los 2 meses restantes no generan coeficiente reductor adicional. Esto significa que jubilarse 4 meses antes o 5 meses antes tiene exactamente el mismo impacto en la pensión: 1 trimestre de reducción. Planificar al día exacto, por tanto, puede evitar que pagues un trimestre de reducción adicional de forma innecesaria.
Consejos prácticos para no perder días de pensión
Una vez que conoces tu fecha exacta de jubilación, conviene seguir estos pasos con la antelación necesaria:
1. Solicita el informe de vida laboral con al menos 6 meses de antelación
El informe de vida laboral es el documento que acredita tus períodos de cotización. Revísalo con cuidado: errores de cotización no corregidos pueden retrasar la resolución de la pensión o reducir el importe calculado. Si detectas discrepancias, tienes derecho a reclamar la rectificación ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
2. Presenta la solicitud de jubilación con 3 meses de antelación
La Seguridad Social tiene un plazo de 90 días para resolver las solicitudes de jubilación. Presentar la solicitud con exactamente 3 meses de antelación garantiza que la resolución llegue antes o justo en la fecha prevista, y que la pensión se devengue desde el primer día. Si presentas la solicitud con menos tiempo, la Seguridad Social reconocerá la pensión desde la fecha de solicitud, no desde la fecha en que cumpliste la edad, y podrías perder los días de devengo correspondientes al retraso.
3. Comunica el cese a tu empresa con el preaviso correcto
El Estatuto de los Trabajadores no establece un preaviso legal específico para la jubilación voluntaria, pero muchos convenios colectivos sí lo regulan (habitualmente entre 15 días y 3 meses). Revisa tu convenio y comunica la fecha de cese con suficiente antelación para que el finiquito se calcule correctamente hasta el último día de trabajo.
4. No ceses antes de cumplir la edad legal
Un error frecuente es anticipar el cese laboral unos días o semanas antes de cumplir la edad legal, pensando que la pensión comenzará igualmente al llegar la fecha. Esto es incorrecto: si cesaste el trabajo antes de cumplir la edad ordinaria y no tienes derecho a jubilación anticipada, la Seguridad Social resolverá la solicitud a partir de la fecha en que se cumple la edad, pero el período entre el cese y esa fecha puede quedar descubierto —sin prestación por desempleo ni pensión—. Coordina siempre ambas fechas con precisión.
5. Solicita una estimación oficial de pensión
La Seguridad Social ofrece a través de importass.gob.es la posibilidad de obtener una estimación personalizada de pensión (servicio «Tu Seguridad Social»). Este informe indica la cuantía estimada para distintas fechas de jubilación, lo que te permite comparar el impacto de jubilarte en fechas diferentes antes de tomar ninguna decisión. Complementa esta estimación oficial con nuestro simulador gratuito para una visión más completa de los distintos escenarios.
Funcionarios y regímenes especiales: ¿mismas fechas?
Los funcionarios integrados en el Régimen General de la Seguridad Social desde 2011 se rigen por las mismas reglas de edad y cotización descritas en este artículo. Sin embargo, los funcionarios del extinguido Régimen de Clases Pasivas del Estado (ingresados antes de enero de 2011) tienen un sistema diferente, con edades de retiro que pueden ser distintas según el cuerpo y la escala, y un cálculo de pensión basado en el haber regulador, no en la base reguladora de cotizaciones.
Si eres funcionario de Clases Pasivas, la fecha exacta de tu jubilación forzosa y la posibilidad de jubilación voluntaria anticipada dependen de la normativa específica de tu cuerpo. Consulta con el Ministerio de Hacienda o con un asesor especializado para obtener tu fecha personalizada.
Ejemplo completo: cálculo del día exacto paso a paso
Veamos cómo calcular la fecha exacta de jubilación para un trabajador concreto:
- Fecha de nacimiento: 22 de septiembre de 1960.
- Años cotizados previstos a la fecha de jubilación: 36 años (sin alcanzar los 38 años y 3 meses).
- Año en que cumple la edad legal: 2027.
Paso 1: determinar la edad ordinaria aplicable.
Como se jubilará en 2027 y no alcanzará 38 años y 6 meses cotizados, la edad ordinaria aplicable es 67 años (régimen permanente desde 2027).
Paso 2: calcular la fecha exacta.
22 de septiembre de 1960 + 67 años = 22 de septiembre de 2027. Ese es su día exacto de jubilación ordinaria.
Paso 3: determinar cuándo presentar la solicitud.
Debe presentar la solicitud con 3 meses de antelación: antes del 22 de junio de 2027.
Paso 4: calcular la pensión estimada.
Con 36 años cotizados le corresponde aproximadamente el 99,14 % de su base reguladora. Para obtener la cuantía exacta, usa nuestro simulador o solicita la estimación oficial en importass.gob.es.
Paso 5: evaluar si le conviene la jubilación anticipada.
Si opta por la modalidad voluntaria con 1 año de adelanto, su fecha de jubilación anticipada sería el 22 de septiembre de 2026, con una reducción de 4 trimestres × 1,875 % = 7,5 % de penalización permanente sobre su pensión. Si la pensión ordinaria estimada es de 1.800 €/mes, la anticipada sería de 1.665 €/mes de por vida.
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¿La jubilación empieza el día exacto del cumpleaños o al mes siguiente?
¿Qué pasa si mi cumpleaños cae en fin de semana o festivo?
¿Cómo afecta tener nacido en año bisiesto al cálculo del día exacto?
¿Cuándo debo solicitar la jubilación para que empiece justo el día que me corresponde?
¿El día exacto cambia si decido retrasar voluntariamente mi jubilación más allá de la edad ordinaria?
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